La Generalitat de Catalunya tiene que decidir si apuesta porque el servicio público que prestan las ITV sea gestionado por empresas privadas, en régimen de autorización, y cuyo único objetivo es el beneficio exponencial por encima de todo, o sea gestionado directamente por la administración a través de la creación de una empresa pública que apueste por la seguridad vial y la calidad del servicio.
El régimen de autorización administrativa en materia de gestión de las inspecciones técnicas de vehículos (ITV) no garantiza lo estipulado en la Directiva 2014/45/UE, por cuanto limita el control público de la calidad de las entidades gestoras al limitar la Administración su actuación al otorgamiento de una licencia. En materias como la seguridad vial, las garantías medioambientales y el control sobre la cualificación y formación de los inspectores el régimen que asegura una mayor garantía es el de gestión pública directa, tal y como ya está planteado en otras Comunidades Autónomas como Andalucía o Baleares. La fórmula de empresa pública, a juicio del Sindicato Reformista de Trabajadores, es la que garantiza un servicio público de calidad que asegure la eficiencia y que en su caso permita revertir los hipotéticos beneficios de esa gestión en las arcas públicas. El modelo de empresa pública de gestión asegura la íntegra implementación de las medidas previstas en la citada Directiva.
El Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos, al regular en su artículo 2 los modelos de gestión de las estaciones ITV, y a la vista de la Sentencia del Tribunal Constitucional 332/2005, de 15 de diciembre, establece que la ejecución material de las inspecciones será realizada de acuerdo con el modelo de gestión que establezca la comunidad autónoma en ejercicio de sus competencias. Añadiendo que, a estos efectos, dicha ejecución material podrá ser realizada por las comunidades autónomas directamente, o a través de sociedades de economía mixta, o por empresas privadas con su propio personal, en régimen de concesión administrativa o autorización.
El correcto ejercicio de las funciones asumidas en esta materia aconseja el establecimiento de una norma de carácter general que configure la inspección técnica de vehículos como Servicio Público; que determine el modelo de gestión del mismo por el que se decanta la Administración regional, de entre los legalmente posibles, en este caso el de explotación directa, y una vez elegido dicho modelo de explotación directa, se regule su régimen jurídico.
Se trata pues de voluntad política, se trata de apostar por la prestación de un servicio de interés público a través de una empresa pública que aglutine todo el patrimonio actual de la ITV donde los trabajadores de las actuales ITV mantendrían los derechos adquiridos en su integridad, asumiendo la empresa pública de gestión la subrogación de sus contratos y asegurando el mantenimiento de sus condiciones de trabajo.