Calendario 2025

Calendario 2025

Como todos conocéis el comité de empresa de Barcelona ha estado trabajando para intentar acordar con la empresa adaptar el tiempo de trabajo del calendario laboral 2025 a la nueva reforma laboral, reforma que el gobierno ha anunciado su intención de aprobar en 2025 y donde como novedad la jornada semanal pasaría de 40 a 37,5 horas.

En una primera reunión tanto empresa como Comité estaban de acuerdo en que se debería compensar ese exceso de jornada en días adicionales de vacaciones, discutiéndose el número de estos, y ha sido en reuniones posteriores donde la empresa ha cambiado de criterio y estaría explorando el mecanismo para poder adaptar esta reducción de horas semanales, todo ello según la última reunión entre empresa y comité.

Dicho todo esto, ahora la empresa, sin reunirse con el comité, propone fijar los 22 días de vacaciones de los trabajadores, fijando jornadas reducidas como son el 2 y 3 de enero, pero trabajando el sábado 4, y los días 25, 26 y 27 de junio, trabajado el sábado 28.

El Comité de empresa informa que, al no tratarse de un periodo vacacional, para que un trabajador haga vacaciones tiene que haber un acuerdo entre el mismo y la empresa, y si finalmente la empresa impone la jornada reducida, los empleados que hayan decidido no hacer vacaciones, trabajarían en turno de mañana.

Informaros que estos días que la empresa propone como jornada reducida son días que están dentro de la previsión que la misma empresa comunica a este comité como periodos de horas FLEX. Es contradictorio que la empresa en días que comunica de horas FLEX ahora establezca días de jornada reducida y no se trabaje a doble turno, a no ser, que los trabajadores que decidan trabajar, además, tengan que hacer horas FLEX y esta parte aun no la haya explicado la empresa.

El Comité ve mala fe por parte de la empresa en la negociación ya que en ninguna reunión se había puesto sobre la mesa esta propuesta y a falta de pocos días se envía una propuesta que la empresa ya conocía desde hace semanas, la cual ya estaban cerrando con los directores de estación y tratando con los empleados sin conocimiento de este comité.

Recordad, al no tratarse de un periodo vacacional, para que un trabajador haga vacaciones tiene que haber un acuerdo entre el mismo y la empresa.

Llegado este punto el comité de empresa no descarta emprender acciones.

Seguiremos informando.

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