“APPLUS intenta dilatar el cumplimiento de la sentencia del TSJC sobre exposición a cancerígenos”

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dejado claro que el tiempo de aseo personal de los trabajadores expuestos a agentes cancerígenos es una medida de obligado cumplimiento que ya debería estar en vigor desde hace dos meses. El alto tribunal recuerda que esta obligación no requiere inversión adicional, planificación especial, adquisición de material ni contratación de proveedores.

En este contexto, el Comité de Seguridad y Salud Laboral (CSSL) de Iteuve Technology – Barcelona celebró una reunión extraordinaria el pasado 28 de agosto, convocada a petición de la empresa, para debatir la aplicación de dichos tiempos de aseo en cumplimiento del Real Decreto 665/1997 y de la resolución del TSJC.

Los delegados de prevención defendieron con firmeza el mandato judicial, que establece:

  • 5 minutos para el aseo antes de la comida, y
  • 10 minutos antes de la finalización de la jornada laboral.

Asimismo, los delegados de prevención rechazaron la propuesta presentada por el Servicio de Prevención Mancomunado, la cual planteaba una reducción de los tiempos de aseo establecidos judicialmente, apoyándose en criterios relacionados con la COVID-19. Esta propuesta fue considerada improcedente e insuficiente, dado que las recomendaciones sanitarias dictadas durante la pandemia no guardan relación alguna con la protección frente a la exposición a agentes cancerígenos. Sobre este aspecto, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ya se ha pronunciado de forma clara y firme, resolviendo la cuestión en sede judicial y fijando los tiempos mínimos de obligado cumplimiento.

Durante la reunión, la empresa anunció su intención de modificar los horarios de entrada y salida de los centros de trabajo con el argumento de adaptar los tiempos de aseo. Frente a ello, los delegados de prevención reiteraron que el tiempo de aseo personal reconocido judicialmente puede aplicarse dentro de la jornada laboral sin alterar los horarios de los centros de trabajo, garantizando tanto la salud de los trabajadores como la correcta prestación del servicio.

Desde SRT, estudiaremos con detalle la propuesta que finalmente presente la empresa para analizar si incurre en incumplimiento. Asimismo, advertimos que, de mantenerse esta postura dilatoria por parte de la empresa o saltarse la negociación colectiva intentando acordar horarios de manera individual centro a centro, emprenderemos todas las acciones legales necesarias en defensa de las personas trabajadoras.

Seguiremos informando