SENTENCIA TEMPERATURAS

SENTENCIA TEMPERATURAS

El Tribunal Superior de Catalunya estima el recurso interpuesto por Applus contra la sentencia de las temperaturas

El 25 de marzo de 2020 El Juzgado Social nº19 de Barcelona condenó a la empresa Applus + Iteuve Technology S.L. por las elevadas temperaturas, a menudo cercanas a los 40 grados, que se acumulan en el centro de trabajo dedicado a realizar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) ubicado en la calle Diputación 158 de Barcelona. La sentencia consideraba que la falta de medidas adoptadas para mantener un eficiente control térmico de las condiciones de trabajo ponía en riesgo la salud e integridad de las personas que trabajan, e incumplía el contenido del RD 486/1997 que establece que las temperaturas de los locales donde se realicen actividades diferentes a las propias de oficinas pero que no requieren de especial esfuerzo físico deben mantenerse entre los 14 y los 25 grados centígrados.

La resolución judicial obligaba a la empresa a adoptar de forma inmediata las medidas necesarias para satisfacer el requisito de mantener la temperatura interna de los locales dentro del mencionado rango térmico y señalaba que Applus + había seguido un criterio «economicista» para desistir de su obligación de proteger la salud de su plantilla.

Ahora el Tribunal Superior de Catalunya ha estimado el recurso interpuesto por Applus contra esta sentencia desestimando la demanda interpuesta por los delegados de prevención contra Applus, y le absorbe de las pretensiones en su contra formuladas.

El Tribunal Superior de Catalunya en contra de la sentencia del juzgado Social 19 de Barcelona, considera que el centro de trabajo en cuestión es un centro abierto, básicamente por el simple hecho de tener las puertas de entrada y salida siempre abiertas, y pese a reconocer que no tiene las mismas características que otros centros ubicados en naves industriales, no impide según este tribunal, que se le aplique el mismo criterio de consideración de locales de trabajo que por la actividad desarrollada no pueden quedar cerrados.

Los Delegados de Prevención respetan esta sentencia, pero no la comparten y consideran que el Tribunal Superior de Catalunya, una vez mas, queda “retratado” demostrando su politización y su posición a favor de las grandes empresas.

En este sentido, compartimos el articulo de Ximo Estal, en el periodico:

“Desgraciadamente, observar cómo la justicia española se aleja cada vez más de su principio de equidad y de sus valores y se convierte en un instrumento político, es malo. Y lo peor es ver cargadas sus resoluciones de irracionalidades e insensateces.

Es triste y muy preocupante para los valores de un Estado que dice ser democrático. Por desgracia, nuestra justicia, en sus estamentos mas altos, sufre un alto grado de politización, debido fundamentalmente a la forma en que se ha compuesto, dependiendo de la política de turno mayoritaria.

Creo que si queremos ser Europa y ser una democracia, la justicia debe volver al independentismo político y no depender de aquellos que los eligieron. Si eso no es así, la justicia se hundirá en su propia destrucción de valores y de equidad, y eso es muy malo para un estado democrático, en el que la ciudadanía elige libremente en las urnas quiénes deben gobernar y representarles.”

Os seguiremos informando.

Un comentario

  1. Segur q aquests del tribunal desconeixen el local,,que son dos túnels, amb un col·lector d’unió entre els túnels, I que sl col·lector ha l’activitat laboral i ont l temperatura és extrema . Al seu disseny inicial i per mitigar una mica això, s’instal·la una cascada d’aigua freda q provocava q la temperatures fos més baixes degut a l’humitat.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Fem servir cookies per millorar l'experiència d'usuari. Política de privacitat